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El Pacto Eléctrico crea su mecanismo de seguimiento

EL RADAR | febrero 24, 2019 | 0 comentarios

El suspendido Pacto Eléctrico crea sus propios mecanismos de seguimiento y veeduría para el cumplimiento de los compromisos que establece el documento cuya firma ha sido pospuesta en dos ocasiones en los últimos 14 meses.

El artículo 10 del documento contentivo de los acuerdos dice que en un plazo no mayor de 120 días a partir de la fecha de la suscripción del Pacto Nacional para la Reforma del sector Eléctrico “y en cumplimiento del artículo 10 del decreto 389-14”, que convocó al pacto, deberá aprobarse mediante decreto un reglamento de aplicación del acuerdo que se apruebe.
El reglamento deberá ser dictado sobre la base de los acuerdos pactados, y debe abarcar cuatro puntos, comenzando con “las responsabilidades y acciones específicas que deberán llevar a cabo cada uno de los actores, instituciones y agentes en el sub-sector eléctrico dominicano, incluyendo los indicadores y metas por instituciones o empresas”.
Fechas para ejecuciones
El segundo elemento a tomar en cuenta para las responsabilidades que creará el reglamento de cumplimiento del Pacto es la elaboración de un “cronograma de cumplimiento”, y el tercer aspecto manda a definir “los mecanismos de seguimiento y veeduría e índices de desempeño que permitan medir el grado de avance en la ejecución y logro de los objetivos”. El cuarto punto a definir, según indica el Pacto pendiente de firma, es el relativo a los recursos y sus fuentes de financiamiento “para el buen funcionamiento de las tareas de seguimiento y veeduría”.
También dice que para asegurar este cumplimiento se utilizarán dos mecanismos: a) Comité de Seguimiento y Veeduría, y B) Sistema de Metas Presidenciales. Y dispone que se cree una matriz de seguimiento de los compromisos de los sectores no gubernamentales que servirá de insumo al Informe de Seguimiento.
El documento describe que el Comité de Seguimiento y Veeduría será el “responsable de dar seguimiento a la ejecución de las acciones derivadas para el cumpli9miento de los compromisos del Pacto Nacional para la Reforma del sub-sector Eléctrico, la detección de posibles retrasos, la generación de sinergias que faciliten el cumplimiento de los mismos y las recomendaciones de ajustes en la planeación según se entienda pertinente”.
Para tales fines deberá preparar el borrador del Reglamento de Aplicación del Pacto, establecer un plan y un cronograma de trabajo, y preparar una matriz de seguimiento de los acuerdos.
Guías funcionales para el Comité de Seguimiento
El documento del Pacto Eléctrico dice que “para el logro de sus funciones esenciales el Comité de Seguimiento y Veeduría realizará” cuatro funciones, que son: recibir informes, observaciones y denuncias, por incumplimientos de los compromisos acordados; requerir cualquier información o evidencia, verificar cumplimiento de los pactados, y presentar informes de resultados de las veedurías al pleno del Consejo Económico y Social.

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